DENUNCIA PUBLICA: Capturas masivas en Puerto Tejada (Cauca)

La Corporación Suyana denuncia ante la comunidad nacional e internacional la violación al Principio Constitucional de Debido Proceso en las capturas masivas llevadas a cabo por el Ejército y la Policía,  contra 17 jóvenes en zona  rural del municipio de PUERTO TEJADA,  en el Norte del departamento de CAUCA.

Familiares y abogados  de personas detenidas ponemos en conocimiento los siguientes hechos:

Según autoridades  del municipio  de Puerto Tejada, el  día 21 de abril de 2013 un informante  pone en su conocimiento que en dos predios de esta ciudad presuntamente se estaban preparando atentados por parte de la guerrilla de las   FARC- EP.

El  día 26 de abril se realiza un primer allanamiento sin orden judicial a las 6.05 a.m,  al predio denominado “La Finca”,  ubicado en la Calle 6 con Carrera 27 del barrio Santa Elena, donde ingresa  la policía  de forma violenta en una volqueta tumbando la cerca,  estrellándose contra la casa y disparando gases lacrimógenos, bombas de aturdimiento y disparando con armas de fuego a la vivienda donde se encontraban  13  jóvenes entre los 19 y 24 años, quienes estaban allí por el enlace de un agente de policía de Puerto Tejada, que los había convocado para encuentros de futbol con jóvenes vecinos de varios municipios del norte del Cauca. Los capturados son esposados, sacados en pantaloneta y camisetas de la selección Colombia,  fueron arrojados boca abajo al piso, golpeados, mientras los amenazaban con dispararles si se resistían, resultando lesionados física y sicológicamente. A las 11:00 a.m hace presencia la delegada de  la personería y se les permite dejarse las camisetas que tenían, puesto que pretendían  colocarles camuflados a la fuerza; los jóvenes además  estaban aturdidos por las bombas utilizadas en el operativo. Lo anterior pone en evidencia que  el operativo policial no tuvo control alguno al momento de su inicio, ya que no estuvieron presentes los organismos de control del Estado,  llámese procuraduría o personería, cuyos delegados hicieron presencia en el lugar   cinco horas después de iniciado el operativo.

Un Segundo Allanamiento se realizó el mismo día 26 de abril de 2013 a las 6.15 a.m,  sin orden judicial, en el predio ubicado en  la carrera 27 N. 6-14, allí también ingresó la fuerza pública de forma violenta  tumbando la puerta, lanzando gases lacrimógenos y bombas de aturdimiento, en la sala de la casa se encontraban cuatro personas: tres hombres y una mujer, los cuales fueron reducidos y esposados con la cabeza boca abajo y con la amenaza permanente de no mirar  hacia las habitaciones o de lo contrario les disparaban; en este operativo no hubo presencia de ninguno de los entes de control existentes pues solo llegaron hasta las 9:00 a.m,  permitiendo así que   los militares actuaran sin control alguno. Los capturados son trasladados en helicóptero, en un cinematográfico despliegue militar ordenado por el Ministro de Justicia desde Puerto Tejada hasta  la ciudad de Cali.

La audiencia de legalización del allanamiento y la legalización de elementos materiales probatorios se inició a las 11:00 a.m del día 27 de abril de 2013, terminando a  las 8:00 p.m  y la audiencia de legalización de captura comenzó  a las 8:15 p.m del mismo día, 37  horas después, significando que se inicia por fuera del término legal establecido, es decir, dentro de las 36 horas  a la lectura de los derechos del capturado, tal como lo indican los artículos 28 y 29 de la Constitución y el mismo artículo 2º y 302 del Código de Procedimiento Penal, situación que llevó a la  defensa a exponer  que la captura era ilegal por vencimiento de términos,  sin embargo esto lo pasó por alto el juez de control de garantías. 

Igualmente, el procedimiento del registro de allanamiento fue irregular ya que no se  leyó el Acta de Procedimiento de Registro a los detenidos, la cual  tampoco fue firmada, además  no  se cumplió con el requisito de los formatos de actas de incautación, lo que a su vez indica  que los elementos materiales probatorios encontrados en el procedimiento policial  sobre el papel no se sabe con certeza de quien son.

La audiencia de legalización de captura se inició a la hora 37 y se decidió sobre la misma aproximadamente a la hora 42, pasando la fiscalía y  el juez de control de garantías por encima de la Constitución y la ley, situación que fue expuesta por la defensa, violándose así  los  derechos de los capturados,  avalando los errores  jurídicos cometidos por la fuerza pública, dejando entrever su posición política por encima de la posición jurídica.

El día 28 de abril a las 9:30 a.m se inició la audiencia de imputación de cargos, estos fueron:   Concierto para delinquir, uso de insignias y uniformes, falsedad marcaria, receptación, entre otros; la fiscalía pasó por alto las  recomendaciones del procurador delegado y el mismo juez del control de garantías, quienes plantearon que  los elementos materiales probatorios arrimados a la audiencia  se circunscribían al delito de rebelión. La audiencia se termina a las 6:00 pm con la negativa al recurso de apelación, a pesar de las reiteradas irregularidades cometidas por la policía judicial y la misma fiscalía dictando  medida de aseguramiento.

A los detenidos se los llevó a las audiencias preliminares al día siguiente de la captura violentándose el derecho a la dignidad humana con la misma ropa, sin oportunidad de aseo personal, además uno de ellos llevaba la camiseta  ensangrentada, se le mostró al juez las heridas en la cara y la espalda y la única respuesta de la fiscalía y del juez de control de garantías es, que según los dictámenes de medicina legal los golpes y escoriaciones de estos muchachos no eran de alarma, porque según una jurisprudencia sacada a relucir por la fiscalía esto es producto de fuerza proporcional.

 EXIGIMOS

 

Responsabilidad estatal frente a los derechos al debido proceso,  a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica.

AL GOBIERNO NACIONAL, AL MINISTERIO DE DEFENSA Y LAS AUTORIDADES POLICIALES Y MILITARES respetar el debido proceso, ya que los iniciados no están vencidos en juicio, ya que se encuentra en la primera etapa y el gobierno no cuenta con los elementos probatorios para condenarlos sin que se hayan agotado la competencia de las autoridades judiciales.

AL ESTADO COLOMBIANO

Cumplir con su deber institucional  de velar por la garantía y el respeto a los derechos constitucionales del debido proceso, a la vida y a la integridad física de los indiciados.

SOLICITAMOS

AL ESTADO COLOMBIANO cumplir con su deber constitucional de respetar el debido proceso y respetar la vida y honra de los seres humanos.

A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN: difundir la presente Denuncia

A LAS ENTIDADES DE CONTROL COMO DEFENSORÍA Y PROCURADURÍA:  realizar acompañamiento en este preocupante caso que esta lleno de muchas irregularidades.

A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH) el cumplimiento de su mandato como veedores de que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y del Derecho Internacional  de los Derechos Humanos.

A LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS NACIONALES E INTERNACIONALES: Respaldar la presente Denuncia enviando sus cartas a las siguientes direcciones:

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Presidente de la República
Carera 8 Nº 7-26 Palacio de Nariño Bogotá
Fax: (+57 1) 566 20 71
E-mail comunicacionesvp@presidencia.gov.co
 
ANGELINO GARZÓN
Vicepresidencia de la República
Carrera 8 Nº 7-57 Bogotá D.C
JUAN CARLOS PINZÓN
Ministro de Defensa
Avenida el Dorado con carrera 52 Can Bogotá D.C
siden@mindefensa.gov.coinfprotocol@mindefensa.gov.co, mdn@cable.net.co
FERNANDO CARRILLO FLOREZ
Ministro del Interior
Carrera 9ªN. 14 -10  Bogotá D.C
e-mail ministro@minjusticia.gov.co, mdn@cable.net.co
 
RUTH STELLA CORREA
Ministra de Justicia
Carrera 9 Nº 12c-10 Bogotá D.C
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22b  Nº 52-01 – Bogotá D.C
Teléfonos: 5702000 – 414 90 00
contacto@fiscalia.gov.co, denuncie@fiscalia.gov.co
 
Corporación Suyana
Suyanacorporacion@gmail.com
3152890668 - 3156748035

DENUNCIA PUBLICA CAPTURA MASIVA DE LIDERES CAMPESINOS EN EL TOLIMA CAPTURADO GUILLERMO CANO DEFENSOR DE DDHH Y LIDER DE ASTRACATOL

La Fundación Lazos de Dignidad DENUNCIA ante la comunidad nacional e internacional la captura masiva de ocho (8)  lideres campesinos pertenecientes al Movimiento Político y Social Marcha Patriótica en el Departamento del Tolima, de acuerdo a los siguientes:

HECHOS

1.       El día de ayer, 9 de mayo de 2013, en diferentes veredas de los departamentos del Tolima, por ordenes el Juzgado 2 Promiscuo Municipal de Purificación (Tolima) el Ejército Nacional desarrolló allanamientos y captura masiva de ocho (8) líderes campesinos, quienes fueron conducidos en helicóptero a la Base Militar Móvil 21, ubicada en La Chica, Municipio de Prado- Tolima; durante el traslado, los capturados fueron fotografiados en varias ocasiones, luego de esto siendo las 8:00 pm, fueron trasladados en carro hasta Purificación – Tolima.

2.       Entre los capturados se encuentra el señor GUILLERMO CANO, Coordinador de Derechos Humanos de la Asociación de Trabajadores Campesinos del Tolima (ASTRACATOL) y miembro del Ejecutivo de FENSUAGRO, quien durante los días 28, 29 y 30 participó en el “FORO SOBRE PARTICIPACIÓN POLITICA” organizado por el PNUD y la Universidad Nacional, donde en su calidad de defensor de derechos humanos exigió al Estado Colombiano garantías democráticas y de seguridad para el ejercicio de su liderazgo.

3.       Hoy 10 de Mayo, los líderes campesinos capturados fueron sometidos a audiencias preliminares concentradas de legalización de allanamiento, captura, imputación y medida de aseguramiento, donde la Fundación Lazos de Dignidad representó jurídicamente al defensor de derechos humanos y líder campesino GUILLERMO CANO.

4.       Es preciso denunciar que estas capturas y judicializaciones han sido promovidas por la Fiscalía 29 de Purificación (Tolima), que ha señalado a los campesinos de ser responsables del delito de Rebelión basándose en declaraciones de presuntos reinsertados.

RESPONSABILIZAMOS

Al Estado Colombiano en cabeza del presidente JUAN MANUEL SANTOS CALDERON y su ministro de defensa, al ejercito nacional y a la fiscalía general de la nación por la violación al derecho a la libertad y a la honra de los líderes campesinos capturados 9 de mayo de 2013 en diferentes veredas de los departamentos del Tolima.

EXIGIMOS AL ESTADO COLOMBIANO

1.       La libertad inmediata para el defensor de derechos humanos y líder campesino GUILLERMO CANO y los demás campesinos capturados el 9 de mayo de 2013 en diferentes veredas del departamento del Tolima.

2.       Garantías para el ejercicio de la oposición política y la defensa de los derechos humanos de los miembros del movimiento político y social Marcha Patriótica.

LLAMADO A LA SOLIDARIDAD

A los organismos nacionales e internacionales encargados de velar por los Derechos Humanos intervenir con carácter urgente y exigir al Estado colombiano la libertad inmediata del defensor de derechos humanos y líder campesino GUILLERMO CANO y los demás campesinos capturados el 9 de mayo de 2013.

A la comunidad Nacional e Internacional y a las organizaciones defensoras de Derechos Humanos emitir cartas de respaldo a la presente denuncia publica y acompañar al defensor de derechos humanos y líder campesino GUILLERMO CANO y los demás campesinos capturados el 9 de mayo de 2013 en el proceso penal arbitrario adelantado en su contra.

Instituciones a donde se deben dirigir las cartas de respaldo a esta denuncia:

Juan Manuel Santos
Presidente de la República
Cra. 8 # 7-26, Palacio de Nariño.
Santa Fe de Bogotá. Fax:+57.1.566.20.71

Angelino Garzón
Vicepresidente de la República
Tels. (+571) 334.45.07,(+573) 7720130,
E-mail:hernanulloa@presidencia.gov.co

Programa Presidencial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional
Humanitario.
Calle 7 N° 5-54 Santafé de Bogotá
TEL: (+571) 336.03.11
FAX: (+57 1) 337.46.67
E- mail: cefranco@presidencia.gov.co

Eduardo Montealgre Lynett
Fiscal General de la Nación
E-mail: fibarra@presidencia.gov.co
Fiscalía General de la Nación
Diagonal 22 B No.52-01
Santa fe de Bogotá.
Fax: (+571) 570 20 00
E-mail: contacto@fiscalia.gov.co; denuncie@fiscalia.gov.co

Fernando Carrillo Flórez
Ministro del Interior
Carrera 9ªN. 14 -10  Bogotá D.C
e-mail ministro@minjusticia.gov.co ministro@minjusticia.gov.co> , mdn@cable.net.comdn@cable.net.co>
 
Ruth Stella Correa
Ministra de Justicia
Carrera 9 Nº 12c-10 Bogotá D.C
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22b  Nº 52-01 - Bogotá D.C
Teléfonos: 5702000 - 414 90 00
contacto@fiscalia.gov.co contacto@fiscalia.gov.co> , denuncie@fiscalia.gov.codenuncie@fiscalia.gov.co>
 
Alejandro Ordoñez Maldonado
Procurador General de la Nación
Fax: (+571) 3429723 - 2847949 Fax: (+571) 3429723
Carrera 5 #. 15-80 - Bogotá, D.C., Colombia
E-mail: cap@procuraduria.gov.co cap@procuraduria.gov.co> , quejas@procuraduria.gov.coquejas@procuraduria.gov.co> ;
webmaster@procuraduria.gov.co   webmaster@procuraduria.gov.co>
 
Jorge Armando Otálora
Defensor Nacional del Pueblo
Fax: (+571) 640.04.91
Calle 55 # 10-32, Bogotá.
E-mail: secretaria_privada@hotmail.com secretaria_privada@hotmail.com> ; agenda@agenda.gov.co  agenda@agenda.gov.co>

 

Mayo 10 de 2013


DENUNCIA

DENUNCIA: MUERE PRISIONERO POLÍTICO JUAN CAMILO LIZARAZO, UNA VICTIMA MÁS DE LA PENA DE MUERTE DE FACTO EN COLOMBIA (11/04/2013)

La Fundación Lazos de Dignidad –FLD- DENUNCIA PUBLICAMENTE la muerte del Prisionero Político JUAN CAMILO LIZARAZO, recluido en el Complejo Penitenciario “La Picaleña” en Ibagué, departamento de Tolima (Colombia), quien durante más de 3 meses solicitó atención, diagnóstico y tratamiento médico adecuado debido a la grave enfermedad que padecía,

siendo atendido hasta el mes de enero de 2013 por solicitud de la FLD, situación que deterioró su estado de salud y concluyó con su muerte ocurrida el 9 de abril de 2013.

HECHOS

1. Desde el mes de octubre del año 2012, el prisionero político JUAN CAMILO LIZARAZO, recluido en el Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué Picaleña, comenzó a padecer graves síntomas como inmovilización de la parte izquierda de su cuerpo, dificultad para hablar, para comer, para subir y bajar escaleras, para levantarse y para controlar los esfínteres, razón por la cual fue remitido a medicina general y a psiquiatría, diagnosticando inicialmente que su problema de salud era emocional y padecía de depresión, siendo medicado únicamente con calmantes.

2. Debido a la omisión de diagnóstico y atención médica oportuna se deterioró el estado de salud del prisionero político, siendo valorado posteriormente por el profesional encargado de la parte de psiquiatría de la reclusión, quien determinó que el problema de salud del prisionero estaba asociado con una posible TROMBOSIS, remitiéndolo a neurología, sin embargo, pasaron más de 3 meses para que se hiciera efectiva dicha remisión.

3. El 16 de enero de 2013, la FLD presentó una ACCION URGENTE ante el Grupo de Derechos Humanos del INPEC a cargo de la doctora Ivonne Lagos, mediante la cual solicitamos su intervención para que el prisionero político JUAN CAMILO LIZARAZO fuese traslado a un centro hospitalario donde se le ofrecieran un diagnóstico real y acorde con los síntomas que padecía y se le prestara atención y tratamiento médico adecuado con el objeto de evitar un daño irreparable a su salud y garantizar su derecho a la vida.

4. El día 18 de enero de 2013, la FLD recibió respuesta por parte de la doctora Imelda López Solórzano, directora del Complejo Carcelario y Penitenciario la Picaleña de Ibagué, quien nos informó que el 15 de enero de 2013 se había ofrecido la última valoración medica al prisionero político JUAN CAMILO LIZARAZO, mediante la cual le diagnosticaron “secuelas de evento cerebro vascular (hemiplejia izquierda)” y lo remitieron a valoración neurológica.

5. La FLD fue informada que desde hace más de un mes el prisionero político JUAN CAMILO LIZARAZO fue trasladado al Hospital de Kennedy en la ciudad de Bogotá, donde fue sometido a cirugía endovascular, sin embargo, luego del procedimiento médico el prisionero entró en coma.

6. El día 9 de abril de 2013, en el hospital de Kennedy en la ciudad de Bogotá, falleció el prisionero político JUAN CAMILO LIZARAZO.

El Estado colombiano en cabeza del INPEC no actuó de manera oportuna en el caso del prisionero político JUAN CAMILO LIZARAZO, atropellando así su dignidad humana y ocasionando el deterioro de su estado de salud, situación que culminó con la vulneración de su derecho fundamental a la vida.

Lamentamos profundamente que el prisionero político JUAN CAMILO LIZARAZO sea una víctima más de la pena de muerte de facto aplicada contra los prisioneros políticos en Colombia, la cual se ha venido materializando con la omisión de diagnóstico y tratamiento médico oportuno y adecuado.

Extendemos nuestras condolencias a los familiares y demás seres queridos del prisionero político JUAN CAMILO LIZARAZO y exigimos al Estado Colombiano justicia y reparación para las víctimas de estos crímenes consumados a través de la negligencia del sistema de salud que constituyen una flagrante violación al artículo 11 de la Constitución Política de

Colombia que establece la protección al derecho a la vida y prohíbe la pena de muerte en Colombia.

LLAMADO A LA SOLIDARIDAD

Solicitamos a las Organizaciones Solidarias y de Derechos Humanos de Carácter Nacional e Internacional, al Movimiento Social y Popular, y a los Medios de Comunicación, difundir la presente DENUNCIA PÚBLICA Y ENVIAR SUS CARTAS DE RECHAZO A LA PENA DE MUERTE DE FACTO CONTRA LOS PRISIONEROS POLÍTICOS EN COLOMBIA a las siguientes entidades del Estado Colombiano:

Presidente de la República
Dr. Juan Manuel Santos
Cra. 8 # 7-26, Palacio de Nariño.
Santa Fe de Bogotá. Fax:+57.1.566.20.71

Director General del INPEC
Sr. Gustavo Adolfo Ricaurte
Tels.(+571) 2347262 o (+571)2347474 extensión 116
E-Mail. direccion@inpec.gov.co

Defensor del Pueblo
Señor Jorge Armando Otalora
Calle 55 # 10-32, Bogotá.
Fax: + 57.1.640.04.91
E-mail: secretaria_privada@hotmail.com; agenda@agenda.gov.co

Procurador General de la Nación
Señor Alejandro Ordoñez
Cra. 5 #. 15-80, Bogotá.
Fax: +57.1.342.97.23; +571.284.79.49 Fax: +57.1.342.97.23;
E-mail:cap@procuraduria.gov.co, quejas@procuraduria.gov.co;
webmaster@procuraduria.gov.co; cap@procuraduria.gov.co;
reygon@procuraduria.gov.co.

Agradecemos enviar copia de sus cartas al siguiente correo electrónico:

flazosdedignidad@gmail.com.

¡RECHAZAMOS LA PENA DE MUERTE DE FACTO CONTRA LXS PRISIONERXS POLÍTICXS EN COLOMBIA!*

*No más abuso de poder por parte del Estado Colombiano... Libertad a lxs Prisionerxs Políticxs!*

Bogotá D.C., Abril 11 de 2013


INICIO 9, 10 Y 11 DE ABRIL: DESOBEDIENCIA EN CARCELES EN RESPALDO AL PROCESO DE PAZ EN COLOMBIA

El 9 de abril diversas organizaciones, partidos, movimientos políticos y sociales han convocado a una gran movilización en la ciudad de Bogotá en respaldo al proceso de paz que se adelanta en La Habana (Cuba); una marcha por la paz, la defensa de lo público y la justicia social. A esta convocatoria se une el Movimiento Nacional Carcelario con jornadas de desobediencia civil pacífica en aproximadamente 30 cárceles del país durante los días 9, 10 y 11 de abril. Dichas jornadas pretenden a su vez visibilizar la grave crisis carcelaria y denunciar las represivas e injustas políticas carcelarias del estado; expresión directa del conflicto social, político y armado que atraviesa el país.

Desde la Campaña Traspasa Los Muros, apoyamos y respaldamos activamente dicha convocatoria y consideramos que el tema carcelario y la situación de los prisionerxs políticos deberían tener una especial relevancia en la agenda política de las negociaciones de paz y un amplio apoyo del pueblo colombiano. Porque ni las infrahumanas condiciones de reclusión y los malos tratos que imparten las autoridades policiales, judiciales y penitenciarias y las aproximadamente 9.500 personas que se encuentran privadas de su libertad por cuestiones políticas no pueden obviarse al hablar de paz.

En la carta dirigida al presidente Juan Manuel Santos, el Movimiento Nacional Carcelario (MNC) anunció jornadas de desobediencia civil pacífica para los días 9, 10 y 11 de abril en aproximadamente 30 cárceles del país.

“Con el propósito de visibilizar y sensibilizar tanto al gobierno nacional como a las entidades administradoras de justicia para que desde el Congreso de la República se legisle en pro de soluciones contundentes y efectivas a esta problemática y que se permita la creación de la comisión ya mencionada (…) y desde ya responsabilizamos al gobierno nacional, al Congreso de la República que las consecuencias que acarreen las jornadas de huelga y protesta, las que estarán sujetas a la ley como lo estipula el artículo 37 de la Constitución Nacional”. Leer carta completa: http://www.traspasalosmuros.net/node/1198

El Movimiento Nacional Carcelario surge en 2012 como expresión de las personas privadas de la libertad alrededor de todo el territorio nacional con el fin de exigir cambios estructurales que beneficien de manera concreta a toda la población reclusa a través de la instalación de una mesa nacional de concertación con representación activa de sus voceros de la población reclusa y que inicialmente resuelva los siguientes puntos:
1. Declarar la emergencia carcelaria en Colombia
2. Regionalización de los presos y acercamiento familiar
3. Rebaja del 20% de la pena, otorgamiento de los subordinados penales y beneficios administrativos
4. Solución a los problemas de salud, salubridad y hacinamiento
5. No a la extradición

Les invitamos a participar y apoyar las Jornadas Nacionales Carcelarias de desobediencia civil y pacífica en las cárceles durante los días 9, 10 y 11 de abril de 2013. Convocatorias en Bogotá:

*El 9 de abril 7:00 a.m. plantón en la calle 26 frente a la Dirección General del INPEC
*El 11 de abril 7:00 a.m. plantón frente a la cárcel La Picota

Campaña Traspasa los Muros, Abril 8 de 2013
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COMUNICADOS DESDE ADENTRO:

*Convocatorias MNC. Leer completo: http://www.traspasalosmuros.net/node/1210

*“El nuevo país que este pueblo debe construir como resultado del acuerdo de paz, entre otros aspectos, debe proponer una sociedad más humana socialmente y menos punitiva que desestime el uso de la cárcel y tienda a su abolición”. Movimiento Nacional Carcelario, cárceles de Bogotá. Leer saludo a la marcha del 9: http://www.traspasalosmuros.net/node/1208

*“Apoyamos las “Jornadas por los Derechos y la Dignidad de todos los Presos”, que vienen impulsando en diversas cárceles del país el MNC para este 9 de abril. Queremos denunciar la violación permanente de los derechos humanos en la cárcel El Pedregal y presentamos las siguientes peticiones.” Internos de la cárcel el Pedregal de la ciudad de Medellín (Antioquia). Leer pronunciamiento completo: http://www.traspasalosmuros.net/node/1209

*“El llamado desde el Movimiento Nacional Carcelario (MNC) es a que todos juntos nos hagamos sentir en una sola voz en apoyo a la paz y a los presos en las cárceles” Complejo carcelario y penitenciario de El Pedregal (Medellín, Antioquia). Leer llamado del Movimiento Nacional Carcelario: http://www.traspasalosmuros.net/node/1205

*“Somos seres políticos que hemos y seguimos luchando por las transformaciones sociales necesarias para que Colombia avance hacia una democracia real y efectiva donde se garantice y respete los derechos fundamentales económicos, políticos, sociales y culturales inherentes a una vida digna.” Presos Políticos por la Paz del Colectivo Simón Trinidad de las FARC-EP y Colectivo Camilo Torres Restrepo del ELN, complejo penitenciario y carcelario de Medellín. Leer pronunciamiento sobre el proceso de paz: http://www.traspasalosmuros.net/node/1206

*“El éxito de esta marcha que apoyamos, desde las prisiones de la patria y en un hacinamiento carcelario desproporcionado que vulnera a cada segundo nuestros derechos humanos a través de torturas y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, es sin duda alguna de que en Colombia no debemos apreciar la consecución de la paz como privilegio del gobierno nacional.” Prisioneros políticos y prisioneros de guerra recluidos en la prisión de San Isidro, Popayán (Cauca), Leer saludo a la marcha del 9: http://www.traspasalosmuros.net/node/1202

*“No se puede hablar de paz cuando a diario los señores carceleros están instando por la violencia a quienes nos encontramos privados de la libertad dictando medidas represivas contra los presos y familiares” prisioneros políticos y de guerra, Palmira (Valle). Leer saludo a la marcha del 9: http://www.traspasalosmuros.net/node/1207

*"Nosotros en calidad de prisioneros y presos políticos invitamos al pueblo colombiano en general a movilizarse y a apoyar el proceso de paz entre la guerrilla y el gobierno nacional.” Colectivo de prisioneros de guerra y políticos, La Picota mediana seguridad, Colectivo José Antonio Galán. Leer saludo a la marcha del 9: http://www.traspasalosmuros.net/node/1211

*“Aunar esfuerzos en aras de alcanzar los objetivos trazados por el MNC y así mismo, entre todos, construir una política criminal penitenciaria acorde a la realidad nacional que supere las causas que la originan.” MNC Valledupar, Cesar. Leer comunicado sobre las jornadas de desobediencia: http://www.traspasalosmuros.net/node/1203

*“Los prisioneros políticos y de guerra con promedio de 15 años tras las rejas, derrotados nunca, purgamos penas perpetuas entre 40 y 60 años. Con el filósofo alemán decimos “quien tiene algo por que vivir no importa el como” Colectivo Juan Carlos Castañeda, Prisioneros políticos y de guerra FARC-EP, Penitenciaría Palo Gordo, Girón (Santander) Leer saludo a la Marcha Patriótica: http://www.traspasalosmuros.net/node/1201

*“Estamos en marcha por la paz, por construir patria y de hacer de Colombia, un país armonioso con ejemplo de lucha y dignidad de un pueblo entero.” Colectivo Antonio Nariño, Penitenciaria de Cómbita (Boyacá). Leer saludo a la Marcha Patriótica: http://www.traspasalosmuros.net/node/1204

   La Lucha social no es un delito, es un paso hacia la Libertad ...

        PRESXS POLÍTICXS A LA CALLE !!!

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EL PECADO ACOBARDA - EL CASO DEL PRESO POLITICO DAVID RAVELO CRESPO

Por David Ravelo Crespo

Siempre he tenido claro que por denunciar la violación de los derechos humanos, han pretendido eliminarme por la vía física o judicial. Pero jamás he abdicado ante los momentos difíciles a los que me han sometido. Por eso, a partir del 17 de abril del año 2008, después que los criminales agotaron lo habido y por haber para asesinarme, optaron por eliminarme por la vía judicial, fue cuando armaron la infamia de la falsa reunión de la que me acusan.

Nunca me escondí y jamás guarde silencio, por lo contrario, siempre estuve presto y dispuesto a poner la cara ante los medios de comunicación y la comunidad en general, para hacer claridad y desmentir las falsas imputaciones, como lo sigo haciendo actualmente. Como dice el dicho “el que tiene la conciencia tranquila duerme bien”, seguro de mi absoluta inocencia tengo la conciencia tranquila.

Ahora que se ha descubierto el prontuario criminal del fiscal William Gildardo Pacheco Granados y de su secuaz el investigador del CTI, Jairo Salazar Medina, quienes fueron los encargados de realizar la investigación en mi contra, no se han atrevido a dar la cara y menos desmentir ante la opinión pública las graves acusaciones en las que están comprometidos; claro, el pecado los acobarda, y el pecado los une.

El señor William Girdardo Pacheco Granados, quien fue teniente de la policía nacional, fue destituido en primera y segunda estancia, según resoluciones 015 de 1992 y 017 de 1993 de la procuraduría general de la nación, por que desapareció de manera forzada al joven Guillermo Hurtado Parra, el 6 de marzo de 1991 en la ciudad de armenia, hecho atroz que hirió profundamente la dignidad humana. Además, el tribunal superior militar lo condeno a prisión, el 17 de noviembre de 1993 por privación ilegal de la libertad; está claro que el crimen de desaparición forzada está vigente por cuanto es imprescriptible.

El señor Jairo Salazar Medina, fue teniente de la armada nacional y estuvo en Barrancabermeja en la época de la tenebrosa Red 07 de la armada que asesino a mas de 100 personas en la ciudad; y su subalterno el suboficial Pablo Francisco Pérez Cabrera, condenado a 16 años de cárcel por el asesinato del dirigente sindical de la unión sindical obrera “USO” Manuel Gustavo Chacón, crimen perpetrado el 15 de enero de 1988 en la ciudad de Barrancabermeja.

El investigador del CTI Jairo Salazar Medina, según el periódico el tiempo del 6 de marzo de de 1992, fue destituido de la armada nacional por actos de corrupción en el fondo rotatorio de esta institución.

Ahora, sobre el montaje que armaron los criminales desde la cárcel de Itagüí en mi contra utilizando el cartel de los falsos testigos, el fiscal que llevo la investigación en Barrancabermeja se abstuvo de vincularme al proceso al no encontrar ni indicios ni pruebas en mi contra y si vinculo al criminal Mario Jaimes Mejía alias el panadero. Pero de manera sospechosa el 25 de marzo del año 2009, el fiscal general Mario Iguaran traslado el proceso de Barrancabermeja a la ciudad de Bogotá, y el 31 de julio de 2009, el ultimo día que ejercía como fiscal general Mario Iguaran, le asigna el caso al fiscal criminal William Gildardo Pacheco Granados y éste me vincula inmediatamente al proceso con indagatoria.

Pues ahora entiendo porque este fiscal William Gildardo Pacheco Granados, desconoció mi derecho a la defensa y el debido proceso, claro, un violador de derechos humanos como es él: William Gildardo Pacheco Granados, investigando a un defensor de derechos humanos.

Este fiscal William Gildardo Pacheco Granados, jamás debió posesionarse como fiscal por estar inhabilitado para ello, por haber sido destituido de la procuraduría general de la nación y haber sido condenado penalmente por la justicia militar, según lo establecido en las siguientes normas :

Ley 270 de 1996, estatutaria de administración de justicia.

Articulo 150. Inhabilidades para ejercer cargos en la rama judicial

No podrá ser nombrado para ejercer cargo en la rama judicial:

• Numeral 5: quien haya sido destituido de cualquier cargo público.

• Numeral 6: quien haya sido declarado responsable de la comisión de cualquier hecho punible, excepto por los delitos políticos o culposos.

PARÁGRAFO: Los nombramientos que se hagan en contravención de lo dispuesto en el presente artículo y aquellas respecto de los cuales sugiere inhabilidad en forma sobreviniente, serán declarados insubsistentes mediante providencia motivada, aunque el funcionario o empleado se encuentre escalafonado en la carrera judicial.

Decreto 0261 de 2000, articulo 79. Numeral 5

Ley 734 de 2002, articulo 48, numeral 7.

Ley 938 de 2004, articulo 77, numeral 11 y 12

Resolución 1501 de 2005, articulo 10, literal i.

Como se puede observar el señor William Gildardo Pacheco Granados, jamás podía ocupar el cargo de fiscal, porque las leyes, decretos y resoluciones, se lo prohibían. La gran pregunta es, la fiscalía general de la nación tiene como función cumplir y hacer cumplir las leyes y el artículo 251 de la constitución política de Colombia, obliga al fiscal general a tomar medidas, como es la de destituir a este criminal que funge como fiscal 10 delegado ante la unidad nacional antiterrorismo, ¿por qué no lo hace?.

En Colombia la fiscalía general de la nación, ¿si respeta el estado social de derecho?, entonces porque un criminal como William Gildardo Pacheco Granados, esta atornillado como fiscal violando el estado social de derecho. Está claro, que existe vigente una sanción disciplinaria de la procuraduría general de la nación y una condena penal del tribunal superior militar, contra William Gildardo Pacheco Granados, pero la fiscalía general expele un olor nauseabundo con la presencia de un delincuente como fiscal.

¡EXIGIMOS SU DESTITUCIÓN!

No se atreve a pronunciarse por que el pecado lo acobarda.

Escrita por David Ravelo Crespo, preso político