News Articles for April
Liliany Obando among political prisoners honoured by Venezuelan HR organisation
On March 27, 2011, The Venezuelan human rights organisation Patria es Solidaridad (Our Homeland is Solidarity) conferred honours on four political prisoners in Colombia for their strong stance in support of human rights. The recipients of the Alicia Benitez decorations remain in jail in Colombia. They were: Adela Perez, Flor Loaiza, Liliani Obando and Maria Trochez. The following is a report in Spanish:

El 27 de Marzo del 2011, La Asociación de Asuntos Humanitarios PATRIA ES SOLIDARIDAD, recibe a nombre de cuatro prisioneras políticas colombianas, las condecoraciones: Defensoras de Derechos Humanos "Alicia Benítez" esta condecoraciones son otorgada a: Adela Pérez, Flor Loaiza, Liliani Obando, María Trochez, y son entregadas por El Concejo del Municipio Sucre, de la Republica Bolivariana de Venezuela, a PATRIA ES SOLIDARIDAD, como representante de las compañeras, debido que el carácter de prisioneras les negó la posibilidad de recibirlas ellas mismas en persona. estas menciones honorificas, son otorgadas exaltando el gran valor de lucha, a favor de los derechos humanos que realizan estas compañeras, y que son el motivo de que en este momento se encuentren prisioneras. A pesar de la s
ituación en que se encuentran siguen con su convicción de lucha firme, se resalto que las compañeras a pesar de la su condición de encierro, la discriminación por ser mujer y la represión del carcelero por ser sujetas políticas, ellas están organizadas en el Colectivo de Mujeres MANUELITA SAENZ, y por ello esta mención también es dirigida a este valeroso colectivo.
A cada una de las compañeras prisioneras políticas, fue entregado un condecoración y una medalla.
Alicia María Benítez (1960)
Nací el 05 de octubre del 1960, a las 11 PM, en la casa, en un sector llamado Azagua del pueblo de Caripito Edo. Monagas. Comento mi mamá que la "parteó" una señora llamada Casta.
Cuando yo estuve más grandecita me obligaban a pedirle la bendición a esta señora; yo le tenía miedo, ya que esta viejita era de una manera muy peculiar, tenía una larga barba blanca. A los 15 días de nacida me registraron en el hospital de Caripito y al año me presentaron en la prefectura de Caripito.
Mi mamá: Se llama Cipriana del Valle Benítez Gómez, era analfabeta, pero gracias a la Misión Robinsón hoy en día es alfabeta, es además una mujer trabajadora, valiente, abnegada por sus hijos y sus hijas; para mí es muy especial; está pendiente de mí y de mi hijo a cualquier hora del día. Es mi mejor amiga; Es Admiradora de Chávez.
Mi papá: Se llama Pedro Pascual Morocoima, un ser luchador por su ideales, con unos valores de justicia, equidad e igualdad; lo que el posee no es de él, es de quien lo necesita. Guerrillero en la década de lo 60. Revolucionario y comunista.
Soy la segunda de ochos hermanos por parte de padre y madre. 3 mujeres y 5 hombres. Somos muy unidos, amigos y compañeros de pelea, parranda, lucha y revolucionarios. Sus nombres son: Benito, Elida, Luís, Pedro, William, Liliana, Jesús. Por parte de mi papá tengo 8 hermanos más hijos de una misma madre; Antonio, Mabel, Fernando, Ingrid, Iraida, José, Belkis, Idermis.
Su mamá se llama Antonia, le tengo mucho cariño. A ellos les quiero mucho, siempre nos visitamos.
Biografia completa de Alicia Benítez:
www.momumas.net
www.patriaessolidaridad.com.ve
Liliany Obando denied release in spite of Colombian law
In court in Colombia recently, the presiding judge arbitrarily denied an application on behalf of political prisoner Liliany Obando for her release on the basis of "expiration of terms". Under Colombian law, the state should have only a fixed time to make its case for the conviction of an accused. This time limit has passed in the case against Liliany Obando who was taken fom her family home on August 8, 2008 and detained ever since on the basis of politically motivated charges. The following is a public statement from Colombian human rights organisation Traspasa los Muros (Beyond the Walls). Please send protests to the addresses shown at the end of the statement and CC emails to the Lazos de Dignidad support organisation at lazosgap@gmail.com
JUEZ NIEGA ARBITRARIAMENTE EL DERECHO A LA LIBERTAD DE LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA, PRISIONERA POLÍTICA COLOMBIANA
La *Campaña Permanente Por la Libertad de las y los Prisioneros Políticos “Traspasa los Muros”* *DENUNCIA* la decisión arbitraria de la Juez 9 Penal del Circuito Especializado de Bogotá que *NIEGA EL DERECHO A LA LIBERTAD POR VENCIMIENTO DE TERMINOS* a la Prisionera Política de Conciencia *LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA, *a pesar de cumplir con los requisitos que la ley exige, por lo que *solicitamos solidaridad de la comunidad nacional e internacional*, de acuerdo a los siguientes:*
*HECHOS*
1. El 8 de Agosto de 2008, *LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA* fue capturada por órdenes de la Fiscal 19 de la Unidad Nacional de Terrorismo, por los delitos de REBELION y Administración de Recursos Relacionados con Actividades Terroristas, sin tener pruebas suficientes que justificaran la privación de su libertad, agravando su situación al imputarle un delito de competencia de la justicia especializada, como lo es la Administración de Recursos Relacionados con Actividades Terroristas, a fin aumentar los tiempos para el desarrollo de la investigación penal y obstaculizar los recursos para exigir la libertad de la prisionera.
2. El 1 de abril de 2009, la Fiscal 19 calificó el mérito del sumario, es decir, cerró la *investigación profiriendo resolución acusatoria*, la cual quedó en firme el día 8 de abril de ese año, pasando el caso a conocimiento del Juzgado 9º Penal del Circuito Especializado de Bogotá, bajo el radicado No. 09-009 2009- 00046.
3. Desde la fecha en que quedo en firme la calificación del merito del sumario hasta la actualidad han transcurrido *dos (2) años y veinte (20) días* sin que se haya terminado la audiencia pública, lo que según el artículo 365 (numeral 5) la Ley 600 de 2000 constituye una causal de libertad por vencimiento de términos.
4. El 11 de abril de 2011, el Dr. EDUARDO MATYAS CAMARGO, abogado defensor de LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA solicitó su LIBERTAD POR VENCIMIENTO DE TÉRMINOS por las razones expuestas.
5. El 13 de abril de 2011, la Juez 9 Penal del Circuito Especializado de Bogotá NEGÓ LA LIBERTAD a *LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA*, aludiendo que la audiencia pública no se ha podido terminar por *causas justas y razonables* derivadas de la espera de un trámite para la práctica de pruebas en el exterior, trámite que se ha demorado por negligencia de ese juzgado.
6. El 19 de abril de 2011, el Dr. EDUARDO MATYAS CAMARGO, interpuso recurso de APELACION contra la decisión de la Juez 9ª, solicitando al Tribunal Superior de Bogotá *REVOCAR* el auto que niega la libertad de *LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA*, y en consecuencia CONCEDERLE SU LIBERTAD INMEDIATA.
*CONSIDERACIONES*
Es un absurdo jurídico que un Juez de la República señale que un trámite administrativo y burocrático constituye causa justa y razonable para negar la libertad por vencimiento de términos a *LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA*, máxime si se tiene en cuenta que dicho trámite debe entenderse como el ejercicio del derecho a la defensa que en ningún caso limita otros *derechos fundamentales como la libertad y el debido proceso*.*
La Corte Constitucional Colombiana ha resaltado como causas razonables aquellas *ajenas* *al desarrollo normal del proceso* [1]
*, *las cuales* *deben fundarse en hechos *externos y objetivos constitutivos de fuerza mayor, irresistibles e insuperables, ajenos al juez o a la administración de justicia, como es el caso de un ataque terrorista,*pero que en ningún evento puede atribuirse como tal el accionar arbitrario, la incuria judicial, las irregularidades, la ineficiencia o ineficacia o el recargo de trabajo [2]
;* siendo así inaceptable el planteamiento de que el ejercicio de la defensa y la demora en la práctica de pruebas por trámites administrativos del despacho constituyen causa justa y razonable para negar la libertad a la procesada.
Resaltamos que *LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA* se encuentra privada de la libertad en calidad de SINDICADA desde hace *dos (2) años ocho (8) meses y trece (13) días, *tiempo durante el cual ha tenido que padecer la privación de la libertad sin que los operadores judiciales tengan pruebas suficientes que demuestren su responsabilidad con los delitos imputados, *violándole el principio de presunción de inocencia, *pasando por alto que la privación de la libertad es una excepción y, adicionalmente, *incrementando su sufrimiento* al negarle en múltiples oportunidades el derecho a la detención domiciliaria a pesar de ser madre cabeza de hogar de menores de edad. *
Queda en evidencia que los múltiples obstáculos por parte de autoridades judiciales colombiana para limitar el derecho a la libertad de la prisionera política *LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA* hacen parte de la política de persecución y represión contra los defensores de derechos humanos y opositores políticos en Colombia.
*LLAMADO A LA SOLIDARIDAD*
Por esta arbitrariedad apelamos a la solidaridad de las organizaciones nacionales e internacionales para que emitan sus pronunciamientos de respaldo a la APELACION presentada por EL ABOGADO DEFENSOR DE *LILIANY PATRICIA OBANDO VILLOTA, *mediante la cual solicita su *LIBERTAD INMEDIATA POR VENCIMIENTO DE TÉRMINOS*, dirigiendo sus comunicaciones a la siguientes autoridades:
*SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ*
Diagonal 22B No. 53-02
Bogotá D.C.
*JUAN MANUEL SANTOS
*Presidencia de la República
Carrera 8 No.7-26, Palacio de Nariño - Bogotá, D.C.
Fax: (+57 1) 566.20.71
E-mail: comunicacionesvp@presidencia.gov.co
*GERMAN VARGAS LLERAS
*Ministerio del Interior y de Justicia
e-mail: german.vargas@mij.gov.co
Carrera 9a. No. 14-10 - Bogotá, D.C.
PBX (+57) 444 31 00 Ext. 1820
*ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO
*Procuraduría General de la Nación
Carrera 5 #. 15-80 - Bogotá, D.C.
Fax: (+571) 3429723 - 2847949 Fax: (+571) 3429723
E-mail: cap@procuraduria.gov.co, quejas@procuraduria.gov.co
*WOLMAR ANTONIO PÉREZ ORTIZ
*Defensor Nacional del Pueblo
Calle 55 # 10-32, Bogotá
Fax: (+571) 640.04.91
E-mail: secretaria_privada@hotmail.com; agenda@agenda.gov.co
*OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DE
NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS
*Calle 114 No. 9-45 Torre B Oficina 1101
Edificio Teleport Bussines Park – Bogotá, Colombia
Teléfono PBX (57-1) 629 3636 (57-1) 629 3636 Fax (57-1) 629 3637
E-mail: oacnudh@hchr.org.co
*COMISIÓN INTERAMERICANA DE DDHH
*E-mail: cidhoea@oas.org, apizarro@oas.org
*Abril 20 de 2011*
*Bogotá, D.C.*
Political prisoner refuses recognition of Colombian court
On April 6, 2011, Marinelly HERNANDEZ OROZCO, an insurgent of the FARC-EP and Prisoner of War of the Colombian State was led by prison authorities to a public hearing cited by the Criminal Circuit Court of Quibdo, in case no. 2010002000.
Marinelly, 33-year-old member of a humble peasant family in the village of Agua Bonita of the Municipality of San Rafael (Antioquia), after being presented in open court told the judge that "he is declared in breach", considering guarantees of due process are ignored by the Colombian state authority. She proceeded to deliver a written statement that supported her declaration and waived any defence, saying "I DO NOT NEED ANY DEFENSE, BECAUSE I HAVE NOT COMMITTED ANY CRIME, I DECLARE MYSELF TO HAVE BROKEN WITH THE COLOMBIAN GOVERNMENT AND ANTI POPULAR AND UNFAIR LAW, I WAS A FIGHTER FOR THE PEOPLE ". MARINELLY HERNANDEZ OROZCO, PRISONER OF WAR, IS DECLARED IN BREACH OF THE CRIMINAL JUSTICE QUIBDO SPECIAL CIRCUIT.
The following is a full account of the event by Colombian human rights organisation Beyond the Walls:
El pasado 6 de abril de 2011, MARINELLY HERNÁNDEZ OROZCO, insurgente de las FARC –EP y Prisionera de Guerra del Estado Colombiano, fue conducida por el INPEC a la audiencia pública citada por el Juez Penal del Circuito Especializado de Quibdo, dentro del proceso No. 2010002000.
MARINELLY, de 33 años de edad, miembro de una familia humilde y campesina de la vereda Agua Bonita del Municipio de San Rafael (Antioquía), luego de ser presentada en audiencia manifestó al juez que se “declaraba en ruptura”, por considerar la inexistencia de garantías al debido proceso y por desconocer como autoridad al estado colombiano, procediendo a entregar un escrito en el que sustentó su declaración y renuncio a cualquier tipo de defensa, manifestando textualmente “NO NECESITO NINGUNA DEFENSA, PUES NO HE COMETIDO NINGÚN DELITO, ME DECLARO EN RUPTURA CON EL ESTADO COLOMBIANO Y SUS LEYES ANTI POPULARES E INJUSTAS, HE SIDO UNA LUCHADORA DEL PUEBLO”.
En su narración, MARINELLY declaró que durante su niñez vivió en carne propia las continuas agresiones y persecuciones que el Ejército Colombiano desató contra sus padres y todo el campesinado de su región por el solo hecho de pertenecer a la Unión Patriótica (UP), y en su adolescencia fue testigo de múltiples asesinatos de campesinos, amigos, vecinos y familiares, cuyos cuerpos eran abandonados con señales de tortura o desmembramiento… “Todo esto fue parte de la guerra sucia y psicológica que implementaron para asustar a los luchadores populares. ¿Acaso con todas estas vivencias que era el diario vivir, puede un niño o joven creer en un Estado o alguna justicia?”, asintió la prisionera, quien atribuyo tales crímenes la Policía, el Ejército y grupos paramilitares, y a manera de ejemplo, citó la masacre en el Río Nare donde “el Capitán Martínez con sus tropas ingresaron a unas minas de oro donde se encontraban los campesinos sacando el mineral y un día antes, lanzaron panfletos diciéndoles que desalojaran, y al otro día entraron con motosierras y hachas, amarraron a los trabajadores en cadena y delante de ellos iban soltado de uno en uno, sin asesinarlos, les quitaban los brazos, las piernas y luego de cada persona recogían un solo brazo, una sola pierna y un montón lo tiraban al río y otros a los huecos de las minas y otros los dejaban para que las aves se los comieran”.
La prisionera reveló que las acciones y violaciones del Estado Colombiano contra el Pueblo le indicaron el camino que debía seguir de lo contrario “terminar masacrada, torturada o discapacitada por ser ejemplarizada como quedan muchos campesinos, sin tener nada que ver con el conflicto, o terminar siendo desplazada y viviendo de las limosnas en las ciudades”; por lo que a la edad de 14 años, con una madurez lograda por tales violaciones y entendiendo que “por la vida no hay respeto y que sólo existe el símbolo de la vida”, ingresó a las FARC, considerando esta como su “única alternativa o forma de preservar la vida, luchar por ella y reclamar nuestros derechos”.
En su relato MARINELLY denuncia que como represalia por haber ingresado a las FARC, en el año 2000, el ejército en contubernio con los paramilitares asesinó a su padre… “a mi único hermano también adolescente, le toco desaparecer, ni siquiera pudo darle sepultura a nuestro querido padre… Nuestro padre se llamaba HÉCTOR ALONSO HERNÁNDEZ, el Ejército colombiano, en unión con los paramilitares lo colgó vivo de sus manos introduciendo ganchos en sus extremidades como si fuera carne de carnicería, luego le chuzaron el estómago y todo su cuerpo con una navaja o cuchillo, después arrollaron sus labios como se les taja a los pescados, por último, le dieron un tiro de gracia en su cabeza; según medicina legal o quienes practicaron el levantamiento, a nuestro padre lo torturaron vivo. Mi papá tenía 70 años de edad, ¿Cómo es posible que hagan eso con un anciano, tildándolo de guerrillero? Acaso por yo ser revolucionaria ¿Tenían que cobrarlo con la vida de mi padre?, entonces, ¿Qué diríamos de todos los senadores juzgados por parapolítica? ¿Que todas sus familias también tendrían que estar en las cárceles o deberían ser torturadas y sometidas a vejámenes contra la humanidad?, cobardes los que torturan y dan positivos con los campesinos y las personas indefensas”.
Después de 16 años en las FARC, MARINELLY fue apresada, dice que le han atribuido un sinnúmeros de delitos de los cuales no es responsable, a pesar que fue captura en condición de rebelde, siendo sometida a 3 juicos, condenada en 2 de ellos y procesada actualmente por los delitos de rebelión, terrorismo, homicidio, entre otros, según sus propias palabras “repitiéndose la misma dosis que en los anteriores juicios para justificar una nueva condena que legitime la cadena perpetua de hecho que se acostumbra imponer a las y los prisioneros políticos en Colombia”, causándole hilaridad que a mujeres como ella las llamen a juicio por terroristas, mientras que “el actuar terrorista ha sido bandera de los gobiernos durante los dos últimos siglos, pero que en estos últimos años han pasado de la acción velada, a la acción descarada del ejército colombiano que con una actitud real de terror cambia como el camaleón, no de color sino de pelambre y en las noches combina brazaletes, filosos machetes y motosierras, para luego, en la mañana, de nuevo convertirse en “glorioso Ejército de Colombia… Tengo que denunciar el innoble papel que juegan jueces y fiscales judicializando a campesinos en masa por el único delito de vivir en zonas alta influencia del conflicto armado…Cómo llamarle sino ¡TERRORISTA! a un Estado que castiga con el hambre y el olvido a su pueblo y que producto de ello mueren gran cantidad de niños en total olvido”, concluye la prisionera.
Luego de hacer un recorrido estadístico sobre los altos niveles de pobreza y desigualdad en Colombia y las prioridades de los gobiernos en hacer la guerra mediante practicas de lesa humanidad como las 3.000 ejecuciones extrajudiciales consumadas dentro del periodo presidencial de Álvaro Uribe, el despojo de la tierra al campesinado y su acumulación en pocas manos como principal causa del empobrecimiento de treinta millones de los 42.888.592 habitantes que, “según las cifras oficiales” tiene Colombia, MARINELLY, afirma que “es impensable una solución a los profundos problemas económicos, políticos y sociales del país si se sigue bajo la tiranía de un régimen que persista en las políticas de ruina para el campo y dentro de la misma dinámica, empuja a la miseria a las mayorías nacionales… el pueblo colombiano está gobernado, desde sus diferentes estamentos, por bandidos, que en las más diversas ramas, han recurrido a crímenes de lesa humanidad para perpetuarse en el poder”.
Así, señala que en los procesos políticos, al que son sometidas las y los revolucionarios en Colombia, se aplica una “justicia de venganza privada con uso de las figuras públicas por parte de una clase dominante” que impone altas penas privativas de la libertad, citando al guerrillero JACOBO ARENAS quien, según la fuente, dijo: “en Colombia hay dos poderes: el uno es el poder formal, como quien dice, el poder que se nos presenta en unas determinadas formas como por ejemplo, los llamados poder ejecutivo, poder legislativo y el poder judicial; este es el poder formal que no decide nada porque en las condiciones de hoy es como digamos algo decorativo, sujeto al verdadero poder”.
Finalmente, la prisionera de guerra deja claro que para ella el aparato de justicia en el conflicto colombiano es una contundente arma del gobierno, por lo que rechaza los supuestos beneficios o pactos que le ofrecen, afirmando “asumo todos los procesos a los que he sido sometida, incluyendo el presente, no pretendo un trato benévolo, conozco claramente la política de cadena perpetua fijada para las y los prisioneros políticos, hagan lo que tengan que hacer, no me preocupo, porque la historia me absolverá y la justicia revolucionaria condenara a quien como ustedes se levantaron contra su pueblo…Señor Juez, no tiene usted autoridad moral para juzgarme, ni usted señor fiscal para acusarme, se equivocaron si piensan que he venido a renegar de mi organización y mi partido, pues aún padeciendo los sinsabores de los 40 años a los que he sido condenada con anterioridad y de los últimos acontecimientos me ratifico ¡ORGULLOSA FARIANA Y EN LA BÚSQUEDA DEL HOMBRE Y LA MUJER NUEVA!, capaz de generar los cambios que garanticen el desarrollo de una vida digna en todos los campos de la producción, desarrollo que con el actual sistema capitalista no está en capacidad de otorgar, pues sus fines son contrarios a mi sentir por lo que lo combato y lo combatiré… Desconozco el Estado que me juzga y mantiene prisionera, sólo reconozco para mi juicio los documentos farianos, por ser la única institución que respeto y por la que llegaría sin duda al sacrificio. De la misma manera, el único Estado que respeto, amo y reconozco es el ESTADO MAYOR CENTRAL DE LAS FARC-EP y su Secretariado, enarbolando la espada y el pensamiento de nuestro libertador Simón Bolívar, nuestro padre espiritual, por la definitiva independencia y la construcción de la patria grande y el socialismo, hemos jurado vencer y venceremos!!!”
Con estas palabras MARINELLY HERNÁNDEZ OROZCO, convidó al juez a no requerirla a futuras audiencias y a no nombrarle abogado para su defensa, pues como iniciamos este artículo, considera no tener nada de que defenderse por no ser responsable de ningún delito.
Mientras tanto, desde la Reclusión de Mujeres de Medellín, MARINELLY espera el desarrollo del conflicto colombiano, en sus palabras, “con la cabeza y la moral revolucionaria en alto” insistiendo en citar a su camarada Jorge Briceño al decir “En las FARC no tenemos almas de traidores, sino de patriotas y revolucionarios, hemos luchado y continuaremos haciéndolo con valor, entrega y sacrificio por derrocar este régimen podrido de las oligarquías y construir otro orden social”.
Este es el caso mas significativo de ruptura que durante la ultima década se haya presentado, pues representa a miles de hombre y mujeres que en sus edades de mayor grado de productividad son sometidos a cadena perpetua en lo real, quedándoles como única esperanza para recobrar su libertad la salida política al conflicto o un eventual intercambio humanitario.
Abril de 2011
Protest at treatment and conditions for political prisoners in Colombian jail
The following is a statement (in Spanish only) about the degrading treatment and conditions for political prisoners in Jamundí prison in Colombia. At the end of the statement from the Lazos de Dignidad (Ties of Dignity) foundation and the Group for the Support of Persons in Prison, there are addresses where protests can be sent.
LA CORPORACIÓN SEMILLA Y MEMORIA
Difunde ante la comunidad nacional e internacional
DENUNCIA PÚBLICA
EMITIDA POR LAS PRISIONERAS POLÍTICAS DEL PABELLÓN DE SINDICADAS DE LA CÁRCEL DE JAMUNDÍ
Las Prisioneras Políticas recluidas en el establecimiento EROM y RM Jamundí somos victimizadas por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la dirección del centro carcelario y penitenciario de EROM y RM Jamundí que violan nuestros derechos a: la dignidad humana, a la igualdad, a la salud, a la garantía y respeto de los derechos humanos, de los derechos de las personas privadas de la libertad y a recibir el estatus de prisioneras políticas.
HECHOS
1. El día 24 de Noviembre del año 2010 en la reclusión RM Jamundí nos dimos cuenta que, el agua que nos dan a consumir es impotable, aunque aseguren lo contrario desde la reclusión, dicha agua genera en la pieles infección cutánea, hongos y caída del cabello.
2. El 30 de Noviembre de 2010 nos fueron realizados (a varias de nosotras) todos los exámenes necesarios para ver qué tipo de problemas físicos tenemos y en este momento no han llegado los resultados, incluyendo el de VIH.
3. El 10 de Diciembre de 2010, una compañera logró, luego de 2 semanas de insistencia, pasar al servicio de salud, con infección cutánea, y brilló en dicha ocasión (como en otros casos) la ausencia de medicación.
4. El 1 de Febrero del 2011, le fueron realizados unos exámenes de riñones a otra compañera que tiene problemas de cálculos desde antes de ser recluida; a pesar que lleva 3 meses interna, sólo hasta 20 días después le hicieron los exámenes , de los cuales, no ha obtenido el resultado.
5. El 1 de Febrero de 2011, hubo una emergencia dental, en la que una compañera estuvo expulsando de su boca inflamada agua sangre, sin embargo, tuvo que esperar hasta el lunes 7 de Febrero pues es el día que viene el odontólogo.
6. Desde que llegamos a la reclusión nunca nos han reconocido el estatus de prisioneras políticas, y en la exposición principal del tipo de reclusas, el registro de prisioneras políticas es de cero.
7. La comida no es balanceada, nos dan arroz, sopa y papa, con poca ensalada y una dosis proteínica mínima.
Estos son unos cuantos casos que constantemente viven en la reclusión, y sería imposible enumerarlos todos porque no terminaría la lista.
DELITOS Y FALTAS DEL INPEC
· Es un delito contra los derechos humanos tener en una prisión en condiciones de máxima seguridad a personas que se encuentran Sindicadas, es decir, que aún no se ha comprobado ningún delito y con las que existe la presunción de inocencia.
· Es un delito tener en una prisión y en condiciones de máxima seguridad a prisioneras con condenas inferiores a seis (6) años. (como es el caso en el pabellón de condenadas)
· Es una falta ingresar al patio de sindicadas, a mujeres mayores de sesenta (60) años, porque “no tienen espacio” en el patio años dorados, patio especializado para el tratamiento de mujeres con esos rangos de edad.
· Es un delito tener a una persona con limitaciones mentales, en la unidad de tratamiento especial, es decir, en el calabozo, por no tener ni el equipo especializado ni las condiciones para brindar adecuada y humanamente este tipo de atención a esta (s) persona (s).
· Son faltas de tipo disciplinario, el trato agresivo de algunos dragoneantes del INPEC para con las reclusas.
RESPONSABILIZAMOS
A la dirección del centro penitenciario y carcelario EROM RM Jamundí y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), por la violación a los derechos fundamentales, del derecho humano internacional y los derechos de las personas privadas de la libertad, en el pabellón de sindicadas de Jamundí
EXIGIMOS
1. Que la Fiscalía General de la Nación inicie investigación contra los funcionarios del INPEC que dirigen el centro penitenciario de Jamundí;
2. Que la Procuraduría General de la Nación, inicie las investigaciones disciplinarias contra los funcionarios del INPEC y la dirección del Centro penitenciario, por las faltas cometidas contra las prisioneras de la cárcel de Jamundí.
3. Que se realice investigaciones desde las Cortes Internacionales para que se haga una aplicación correcta de las leyes que protegen los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.
SOLICITAMOS
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
· En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.
Por lo expuesto en los anteriores hechos solicitamos a las organizaciones de Derechos Humanos y Populares sus intervenciones para que respalden nuestras peticiones, permanezcan atentas ante nuestra grave situación en la reclusión y envíen sus cartas de apoyo a las siguientes autoridades en Colombia:
INSTITUCIONES A DONDE SE DEBEN DIRIGIR
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Presidente de la República
Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá
Fax. 5662071
Fax: (+57 1) 566.20.71
E-mail: comunicacionesvp@presidencia.gov.co
ANGELINO GARZÓN
Vicepresidente de la República
Carrera 8 No.7-57 Bogotá D.C.
RODRIGO RIVERA
Ministro de la Defensa
Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.
siden@mindefensa.gov.co, HYPERLINK "mailto:infprotocol@mindefensa.gov.co" infprotocol@mindefensa.gov.co, HYPERLINK "mailto:mdn@cable.net.co" mdn@cable.net.co
GERMÁN VARGAS LLERAS
Ministro del Interior y de Justicia
Carrera 9a. No. 14-10 - Bogotá, D.C.
e-mail: german.vargas@mij.gov.co, ministro@minjusticia.gov.co
PBX (+57) 444 31 00 Ext. 1820
VIVIANE MORALES
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22B No. 52-01 - Bogotá, D.C.
Teléfonos: 570 20 00 - 414 90 00
contacto@fiscalia.gov.co, HYPERLINK "mailto:denuncie@fiscalia.gov.co" denuncie@fiscalia.gov.co
WOLMAR ANTONIO PEREZ ORTIZ
Defensor del Pueblo
Calle 55 # 10-32, Bogotá
Fax: (+571) 640.04.91
E-mail: secretaria_privada@hotmail.com, agenda@agenda.gov.co, defensoria@defensoria.org.co
ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación
Cra. 5 No.15 – 80F Bogotá D.C.
anticorrupción@presidencia.gov.co, HYPERLINK "mailto:reygon@procuradur?.gov.co" reygon@procuraduría.gov.co
OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DE
NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS
Calle 114 No. 9-45 Torre B Oficina 1101
Edificio Teleport Bussines Park – Bogotá, Colombia
Teléfono PBX (57-1) 629 3636 (57-1) 629 3636 Fax (57-1) 629 3637
E-mail: oacnudh@hchr.org.co
NOTA: FAVOR REMITIR AL SIGUIENTE CORREO LAS GESTIONES QUE ADELANTEN CON BASE EN ESTA INFORMACION: solipripo@hotmail.com
CORPORACIÓN SEMILLA Y MEMORIA
Calle 9 # 9 - 70 of. 210
Santiago de Cali - Valle del Cauca
3217395201-3208115268
--
Grupo Para el Apoyo a Personas en Reclusión
Fundación Lazos de Dignidad

